Ejercicio Fecha de Inicio del Periodo que se Informa Fecha de Término del Periodo que se Informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo Tipo de integrante Área de adscripción Denominación de la norma Fundamento legal Atribuciones, responsabilidades y/o funciones Hipervínculo al perfil Prestador de servicio Hipervínculo al organigrama Leyenda respecto a los prestadores de servicio Área responsable de la información Fecha de Actualización Nota
2023 01/01/2023 31/03/2023 Direccion General Director General Subsecretario Funcionario Direccion General Reglamento interior de la Junta de Caminos del Estado de Sonora Capitulo III, Articulo 14 I. Conducir el funcionamiento de la Junta vigilando el exacto y oportuno cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Administración; II. Acordar con los titulares de las unidades administrativas y con los servidores públicos de la Junta, el despacho de los asuntos de la competencia de éstos, cuando así lo considere necesario; III. Definir las políticas de instrumentación de los sistemas de control que fueren necesarios, tomando las acciones correspondientes para corregir las deficiencias que se detectaren, y presentar al Consejo de Administración informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos del sistema de control, su funcionamiento y programa de mejoramiento; IV. Someter a la consideración del Consejo de Administración, a más tardar la primera quincena del mes de octubre de cada año, el anteproyecto del Programa-Presupuesto con apego a la Ley de Presupuesto de Egresos y Gasto Público Estatal; V. Dirigir las actividades de la Junta acorde con las políticas, procedimientos, normas y acuerdos emanados del Consejo de Administración y el marco legal establecido; VI. Someter a la consideración del Consejo de Administración el Reglamento Interior de la Junta y los manuales de Organización y de Procedimientos, para su respectiva aprobación, así como la actualización permanente de dichos instrumentos; VII. Proponer al Consejo de Administración para su autorización, la creación, fusión o supresión de unidades administrativas, así como de Residencias en las diferentes localidades del Estado, que se requiera para el funcionamiento de la Junta; VIII. Aplicar, observar y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares, procedimientos y demás disposiciones relacionadas con los servicios y actividades de la Junta, tomando las medidas adecuadas para prevenir y corregir la violación de esas normas y para la aplicación, en su caso, de las sanciones procedentes; IX. Constituir, previa autorización del Consejo de Administración, comisiones internas con el propósito de solucionar problemas específicos, definiendo sus objetivos, metas y períodos de operación, que en ningún caso rebasarán un ejercicio fiscal; X. Solicitar autorización del Consejo de Administración para celebrar actos jurídicos de administración, de pleitos y cobranzas que afecten el patrimonio de la Junta y representar legalmente a la Junta en la firma de los instrumentos legales. XI. Expedir copias certificadas de las constancias que obren en los archivos de la Junta cuando deban ser exhibidas en procedimientos judiciales o contenciosos administrativos y, en general, para cualquier proceso o averiguación; XII. Proporcionar al (a la) Comisario(a) Público Oficial o Ciudadano(a) designado (a) por la Secretaría de la Contraloría General, las facilidades e informes necesarios para el desempeño de su función; XIII. Presentar, de manera trimestral, al Consejo de Administración, el informe del desempeño de las actividades de la Junta incluyendo el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes; XIV. Analizar y autorizar la celebración de convenios de ampliación de monto de contratos y plazo de ejecución de obras públicas, atendiendo la normatividad aplicable; XV. Implementar las acciones necesarias para el cumplimiento del Sistema Integral de Archivo de acuerdo con la normatividad en la materia; XVI. Atender las observaciones de los órganos de fiscalización y de control interno inherentes a la Entidad; XVII. Fungir como Secretario(a) Técnico del Consejo de Administración de la Junta, asistiendo a sus sesiones únicamente con voz; XVIII. Analizar y girar instrucciones a las unidades administrativas involucradas en lo relativo al contrato colectivo de trabajo y el manejo de plazas de la Entidad, incluyendo sueldos, bases, fusiones y supresiones de plazas. http://www.jcesdocs.com/2021/public/773075 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/773075 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Dirección Técnica Director Tecnico Director General Funcionario Dirección Técnica Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art. 20, Capitulo VI, Art. I. Elaborar, en coordinación con las Direcciones involucradas, los programas que tiendan a satisfacer las necesidades de construcción, reconstrucción, conservación, ampliación y modernización de la red carretera y de caminos a cargo de la Junta; II. Realizar los estudios y proyectos de la construcción, reconstrucción, conservación, ampliación y modernización de puentes, pavimentos y carreteras alimentadoras, que se realicen con recursos estatales y aportación de la Federación y las demás que instruya el Estado; III. Llevar el catálogo y archivo de los estudios y proyectos de obras públicas que realice la Junta, remitiéndolos a la Dirección de Obras para su integración al expediente único de la obra; IV. Apoyar y asesorar, en el ámbito de su competencia, en los estudios y proyectos en zonas urbanas de los municipios de la Entidad, cuando así lo soliciten los Ayuntamientos correspondientes, siempre y cuando exista autorización por parte del Estado y se cuente con disponibilidad de recursos; V. Mantener informada a la Dirección General de los avances físicos de los estudios y proyectos en materia de su competencia, mediante la actualización de los sistemas electrónicos correspondientes; VI. Realizar estudios y proyectos de los señalamientos y dispositivos de seguridad de la red carretera y de caminos a cargo de la Junta; VII. Coordinar e integrar el proyecto de Programa Anual de Obras Públicas y Servicios de la Junta, en coordinación con las Direcciones involucradas; VIII. Supervisar y asesorar a las Residencias de la Junta, en la vigilancia del derecho de vía y analizar los asuntos relativos que presenten otras dependencias o particulares respecto a su utilización; IX. Analizar los requerimientos de los estudios técnicos justificativos y de los manifiestos de impacto ambiental que en la contratación de éstos realice la Junta en los procesos de modernización y construcción de carreteras. X. Elaborar presupuestos base de obras de construcción, reconstrucción, conservación, ampliación y modernización; actualizar precios unitarios y analizar las escalatorias y reductivas; XI. Elaborar los estudios y proyectos derivados de solicitudes de organismos públicos en la supervisión de obras dentro del derecho de vía, así como elaborar presupuestos y programas para la ejecución de trabajos en los que se utilice el parque de maquinaria y equipo propiedad de la Junta, requerido por estos organismos; XII. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XIII. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/539676 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/539676 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Direccion de Administración Director de Administracion Director General Funcionario Direccion de Administración Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI Art 22 I. Elaborar, en coordinación con las unidades administrativas de la Entidad, los proyectos de Reglamento Interior de la Junta y de los manuales de Organización y de Procedimientos, instructivos y demás disposiciones normativas aplicables que regulen la organización y funcionamiento de la Junta, actualizándolos sistemáticamente y remitirlos a la Dirección General para su aprobación y presentación ante el Consejo de Administración; II. Estudiar y analizar en forma permanente la estructura y funcionamiento general de la Junta, así como investigar y proponer métodos, sistemas y procedimientos para promover el desarrollo organizacional de la misma y dictaminar técnicamente las modificaciones a la organización y procedimientos; III. Proponer y aplicar las políticas básicas en materia de reclutamiento, selección, remuneración, evaluación y capacitación del personal de la Junta; IV. Llevar el control y registro de asistencias del personal y efectuar la liquidación de las remuneraciones y prestaciones económicas del personal al servicio de la Junta; V. Tramitar los nombramientos, licencias, jubilaciones y demás prestaciones del personal al servicio de la Junta; VI. Elaborar los contratos y llevar registro de las personas sujetas a pago de honorarios y eventuales; VII. Controlar el avance de ejercicio de los presupuestos aprobados a las unidades administrativas de la Junta; VIII. Cumplir con las disposiciones administrativas que se dicten en relación con las adquisiciones, manejo de almacenes, inventarios, enajenación de bienes y baja de bienes muebles; IX. Suministrar de conformidad con las requisiciones de las unidades administrativas los bienes y servicios para el funcionamiento de las mismas, observando los procedimientos establecidos; X. Proponer y asesorar en materia financiera a la Dirección General para el logro de los objetivos de la Junta; XI. Elaborar y presentar los estados financieros a la Dirección General de la Junta; XII. Administrar, conservar y llevar el control de los bienes inmuebles utilizados por la Junta, así como mantener en condiciones apropiadas de operación los bienes muebles adquiridos o arrendados, en el ámbito de su competencia; XIII. Contabilizar las operaciones financieras y presupuestales de la Junta con apego a la Ley de Contabilidad Gubernamental del Estado de Sonora y demás disposiciones aplicables; XIV. Guardar, conservar y custodiar el archivo general, fondos y valores propiedad de la Junta; XV. Elaborar y tramitar, previa autorización de las unidades administrativas responsables, los documentos para pago de egresos, conforme a los programas y presupuestos aprobados, así como los demás relativos al ejercicio de sus atribuciones, siendo únicamente responsable del trámite de los mismos; XVI. Coordinar, asesorar y apoyar a los titulares de las unidades administrativas de la Junta, en la formulación de los presupuestos por programas de acuerdo con los lineamientos establecidos; XVII. Mantener las instalaciones de la Junta en condiciones operables para el desempeño de las funciones de sus unidades administrativas; XVIII. Realizar e integrar informes trimestrales y anuales de cumplimientos de metas aprobadas y las justificaciones respectivas por las variaciones determinadas; XIX. Analizar e integrar el anteproyecto del presupuesto para el gasto de operación de la Junta; XX. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por la Entidad, sobre la recaudación de recursos de ingresos propios, así como la captación y disposición de los mismos; XXI. Dar seguimiento a las auditorías y revisiones realizadas por los órganos de fiscalización; y; XXII. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/ad38b8 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/ad38b8 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Dirección de Obras Director de Obras Director General Funcionario Dirección de Obras Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art. 19 I. Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en los contratos que se requieran en la modernización, construcción, conservación, y reconstrucción de las obras de infraestructura carretera que se ejecuten tanto por administración directa como por contrato; II. Analizar las bitácoras de obras que se realicen por contrato o por administración directa, emitiendo las recomendaciones pertinentes; III. Integrar, en coordinación con la Dirección Técnica y la Unidad de Licitaciones y Contratos, los expedientes unitarios de las obras concluidas comprendidas en la programación anual de la Junta; IV. Resguardar dentro del área establecida como archivo general los expedientes unitarios aprobados de las obras concluidas de la Junta; V. Programar y controlar la aplicación de los suministros de productos asfálticos en las Residencias; VI. Suspender temporalmente, en el ámbito de su competencia, en todo o en parte, las obras públicas de la Junta, cuando exista causa justificada para ello, previa autorización de la Dirección General de la Junta; VII. Evaluar y autorizar las estimaciones y gastos generados en la ejecución de las obras para su trámite de pago; VIII. Efectuar la recepción de los trabajos de la obra pública que se ejecuten en los términos y procedimientos que marcan las disposiciones normativas aplicables, remitiendo copia del acta a la Secretaría de la Contraloría General; IX. Asesorar técnicamente a los municipios, en el ámbito de su competencia, cuando así lo soliciten sus Ayuntamientos, en la construcción de caminos, ejecución de obras de pavimentación y movimientos de tierra en general; X. Controlar y coordinar los programas de mantenimiento preventivo, de dotación de combustible y reparación de los vehículos, maquinaria y equipo propiedad de la Junta, así como supervisar su adecuada y eficiente utilización, en apego al Reglamento para el Uso y Control de Vehículos Oficiales de la Administración Pública Estatal; XI. Coordinar la ejecución de las obras por administración que realizan las Residencias, en el ámbito de su competencia; XII. Revisar los pagos de los gastos efectuados que sean requeridos a través del gasto de inversión, de acuerdo a las especificaciones establecidas en los contratos de obra y acuerdos de obra por administración, siendo responsables de los mismos; XIII. Elaborar e integrar los avances físico-financieros de los programas de inversión, en coordinación con la Dirección de Administración, para su envío mensual a las dependencias normativas y coordinadora del sector; XIV. Elaborar los presupuestos, programas y convenios con organismos públicos y privados en la ejecución y supervisión de obras a través del parque de maquinaria y equipo propiedad de la Junta, en coordinación con la Unidad Jurídica, cuando así se requiera; XV. Analizar y proponer al (a la) Director(a) General la autorización de convenios de aplicación de montos de contratos y de plazos de ejecución de los trabajos; XVI. Analizar y sustentar los dictámenes de adjudicación de contratos de obras y servicios relacionados con las mismas; XVII. Analizar y proponer al Comité de Obras, en coordinación con las unidades administrativas involucradas, la conveniencia de contratar los servicios de asesoría, investigación, consultoría y supervisión que se requieran en los diversos procesos de ejecución de la obra pública; XVIII. Coordinar y supervisar el funcionamiento de las Residencias; XIX. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/41efc9 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/41efc9 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Direccion de Supervisión y Control de Calidad Director de Supervision y Contro de Calidad Director General Funcionario Supervisión y Control de Calidad Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art.21 I. Supervisar y verificar el cumplimiento de la normatividad en materia de calidad de los materiales; II. Proporcionar a la Dirección Técnica los estudios preliminares, ya sean geotécnicos, de calidad de los bancos de materiales pétreos y de los productos asfálticos, necesarios para los proyectos autorizados por la Junta; III. Analizar, verificar y autorizar los bancos de materiales pétreos propuestos por los contratistas durante la ejecución de obra, así como los estándares de calidad de los suministros de señalización y pintura de tráfico; IV. Hacer uso obligado de la bitácora de obra y dejar evidencia de la calidad de los trabajos en proceso de construcción; V. Elaborar los reportes de verificación y análisis de calidad de materiales y entregarlos al Residente para su integración a las estimaciones de obra; VI. Suspender temporalmente, en coordinación con la Dirección de Obras, algún concepto de obra en proceso de construcción, siempre y cuando exista causa o razón justificada, en el ámbito de su competencia, previa autorización de la Dirección General; VII.- Revisar las estimaciones generadas en lo correspondiente al control de calidad de las obras que realice la Junta y remitirlas a la Dirección de Obras para su trámite; VIII. Supervisar y verificar el control de calidad de las obras por administración directa, así como de las obras contratadas por la Junta; IX. Asegurar la capacitación y las actualizaciones necesarias para la operación de equipo y herramientas especializadas y de sus requerimientos; X. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas, que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XI. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/ca2e15 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/ca2e15 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Direccion General Coordinador de Planeacion y Seguimiento Director de Area Funcionario Direccion General Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo III, Articulo 14 I. Asesorar en materia jurídica a todas las unidades administrativas de la Junta, actuar como órgano de consulta, así como fijar y sistematizar los criterios jurídicos para la adecuada aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias; II. Revisar las bases de los convenios, contratos, permisos, autorizaciones, acuerdos, declaratorias y demás actos jurídicos que celebre, emita u otorgue la Junta y dictaminar sobre su interpretación, suspensión, rescisión, caducidad, revocación, terminación, nulidad, y demás aspectos y efectos jurídicos; III. Atender reclamaciones de terceros y tomar acuerdos con aseguradoras y particulares y afectados para el resarcimiento de daños ocasionados al patrimonio de la Junta; IV. Verificar desde el punto de vista jurídico, las garantías que constituyan los particulares para el cumplimiento de las obligaciones o trámites de permisos, autorizaciones, contratos y convenios; V. Revisar y dictaminar, cuando así lo soliciten las unidades administrativas, las escrituras constitutivas de contratistas y proveedores, sociedades concesionarias, permisionarias o autorizadas y los documentos que acrediten la personalidad de los solicitantes o de cualquier otro promovente en materia de contratos, convenios, permisos o autorizaciones; VI. Elaborar y proponer los informes previos y justificados que en materia de amparo deban rendir el (la) Director(a) General, con los elementos que proporcionen las unidades administrativas de la misma, así como lo relativo a los demás servidores públicos que sean señalados como autoridades responsables; intervenir cuando la Junta tenga carácter de tercero perjudicado en los juicios de amparo y formular, en general, los recursos y todas las promociones que a dichos juicios se refieran; VII. Atender y emitir opiniones sobre las consultas que en materia jurídica formulen las unidades administrativas de la Junta; VIII. Asesorar en la formulación de anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos, así como los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de carácter general competencia de la Junta y pronunciarse sobre los que propongan otras unidades administrativas de ésta o las Residencias; IX. Asesorar a las Residencias y unidades administrativas sobre las gestiones ante las autoridades competentes para informar sobre el tránsito por las carreteras estatales de vehículos con características especiales de peso y dimensiones; X. Asesorar en materia jurídica a la Unidad de Licitaciones y Contratos cuando ésta lo requiera, en los procedimientos de licitaciones que lleve a cabo para la adjudicación de contratos; XI. Participar en la elaboración de las actas y seguimiento de los acuerdos derivados de las reuniones de los Comités de Obras Pública y Servicios y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como de actas administrativas e intervenir en los actos de Entrega-Recepción de funcionarios y personal de la Junta; XII. Tramitar y resolver los recursos administrativos que establezcan las leyes y reglamentos, no reservados por ley al (a la) Director(a) General; XIII. Asesorar a la Dirección General en las actividades concernientes con los sindicatos relacionados con la Junta; y XIV. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/En proceso 0 http://www.jcesdocs.com/En proceso Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Unidad Juridica Titular de Unidad Juridica Director de Area Unidad Juridica Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI Art 23 I. Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en los contratos que se requieran en la modernización, construcción, conservación, y reconstrucción de las obras de infraestructura carretera que se ejecuten tanto por administración directa como por contrato; II. Analizar las bitácoras de obras que se realicen por contrato o por administración directa, emitiendo las recomendaciones pertinentes; III. Integrar, en coordinación con la Dirección Técnica y la Unidad de Licitaciones y Contratos, los expedientes unitarios de las obras concluidas comprendidas en la programación anual de la Junta; IV. Resguardar dentro del área establecida como archivo general los expedientes unitarios aprobados de las obras concluidas de la Junta; V. Programar y controlar la aplicación de los suministros de productos asfálticos en las Residencias; VI. Suspender temporalmente, en el ámbito de su competencia, en todo o en parte, las obras públicas de la Junta, cuando exista causa justificada para ello, previa autorización de la Dirección General de la Junta; VII. Evaluar y autorizar las estimaciones y gastos generados en la ejecución de las obras para su trámite de pago; VIII. Efectuar la recepción de los trabajos de la obra pública que se ejecuten en los términos y procedimientos que marcan las disposiciones normativas aplicables, remitiendo copia del acta a la Secretaría de la Contraloría General; IX. Asesorar técnicamente a los municipios, en el ámbito de su competencia, cuando así lo soliciten sus Ayuntamientos, en la construcción de caminos, ejecución de obras de pavimentación y movimientos de tierra en general; X. Controlar y coordinar los programas de mantenimiento preventivo, de dotación de combustible y reparación de los vehículos, maquinaria y equipo propiedad de la Junta, así como supervisar su adecuada y eficiente utilización, en apego al Reglamento para el Uso y Control de Vehículos Oficiales de la Administración Pública Estatal; XI. Coordinar la ejecución de las obras por administración que realizan las Residencias, en el ámbito de su competencia; XII. Revisar los pagos de los gastos efectuados que sean requeridos a través del gasto de inversión, de acuerdo a las especificaciones establecidas en los contratos de obra y acuerdos de obra por administración, siendo responsables de los mismos; XIII. Elaborar e integrar los avances físico-financieros de los programas de inversión, en coordinación con la Dirección de Administración, para su envío mensual a las dependencias normativas y coordinadora del sector; XIV. Elaborar los presupuestos, programas y convenios con organismos públicos y privados en la ejecución y supervisión de obras a través del parque de maquinaria y equipo propiedad de la Junta, en coordinación con la Unidad Jurídica, cuando así se requiera; XV. Analizar y proponer al (a la) Director(a) General la autorización de convenios de aplicación de montos de contratos y de plazos de ejecución de los trabajos; XVI. Analizar y sustentar los dictámenes de adjudicación de contratos de obras y servicios relacionados con las mismas; XVII. Analizar y proponer al Comité de Obras, en coordinación con las unidades administrativas involucradas, la conveniencia de contratar los servicios de asesoría, investigación, consultoría y supervisión que se requieran en los diversos procesos de ejecución de la obra pública; XVIII. Coordinar y supervisar el funcionamiento de las Residencias; XIX. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/febc23 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/febc23 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Coordinacion de Ejecución de Obra Coordinador de Ejecución de Obra Director de Area Servidor público de confianza Dirección de Obras Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art. 19 I. Supervisar y verificar el cumplimiento de la normatividad en materia de calidad de los materiales; II. Proporcionar a la Dirección Técnica los estudios preliminares, ya sean geotécnicos, de calidad de los bancos de materiales pétreos y de los productos asfálticos, necesarios para los proyectos autorizados por la Junta; III. Analizar, verificar y autorizar los bancos de materiales pétreos propuestos por los contratistas durante la ejecución de obra, así como los estándares de calidad de los suministros de señalización y pintura de tráfico; IV. Hacer uso obligado de la bitácora de obra y dejar evidencia de la calidad de los trabajos en proceso de construcción; V. Elaborar los reportes de verificación y análisis de calidad de materiales y entregarlos al Residente para su integración a las estimaciones de obra; VI. Suspender temporalmente, en coordinación con la Dirección de Obras, algún concepto de obra en proceso de construcción, siempre y cuando exista causa o razón justificada, en el ámbito de su competencia, previa autorización de la Dirección General; VII.- Revisar las estimaciones generadas en lo correspondiente al control de calidad de las obras que realice la Junta y remitirlas a la Dirección de Obras para su trámite; VIII. Supervisar y verificar el control de calidad de las obras por administración directa, así como de las obras contratadas por la Junta; IX. Asegurar la capacitación y las actualizaciones necesarias para la operación de equipo y herramientas especializadas y de sus requerimientos; X. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas, que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XI. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/19c10e 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/19c10e Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Dirección de Supervisión y Control de Calidad Coordinador de Calidad Director de Area Servidor público de confianza Dirección de Supervisión y Control de Calidad Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art.21 I. Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en los contratos que se requieran en la modernización, construcción, conservación, y reconstrucción de las obras de infraestructura carretera que se ejecuten tanto por administración directa como por contrato; II. Analizar las bitácoras de obras que se realicen por contrato o por administración directa, emitiendo las recomendaciones pertinentes; III. Integrar, en coordinación con la Dirección Técnica y la Unidad de Licitaciones y Contratos, los expedientes unitarios de las obras concluidas comprendidas en la programación anual de la Junta; IV. Resguardar dentro del área establecida como archivo general los expedientes unitarios aprobados de las obras concluidas de la Junta; V. Programar y controlar la aplicación de los suministros de productos asfálticos en las Residencias; VI. Suspender temporalmente, en el ámbito de su competencia, en todo o en parte, las obras públicas de la Junta, cuando exista causa justificada para ello, previa autorización de la Dirección General de la Junta; VII. Evaluar y autorizar las estimaciones y gastos generados en la ejecución de las obras para su trámite de pago; VIII. Efectuar la recepción de los trabajos de la obra pública que se ejecuten en los términos y procedimientos que marcan las disposiciones normativas aplicables, remitiendo copia del acta a la Secretaría de la Contraloría General; IX. Asesorar técnicamente a los municipios, en el ámbito de su competencia, cuando así lo soliciten sus Ayuntamientos, en la construcción de caminos, ejecución de obras de pavimentación y movimientos de tierra en general; X. Controlar y coordinar los programas de mantenimiento preventivo, de dotación de combustible y reparación de los vehículos, maquinaria y equipo propiedad de la Junta, así como supervisar su adecuada y eficiente utilización, en apego al Reglamento para el Uso y Control de Vehículos Oficiales de la Administración Pública Estatal; XI. Coordinar la ejecución de las obras por administración que realizan las Residencias, en el ámbito de su competencia; XII. Revisar los pagos de los gastos efectuados que sean requeridos a través del gasto de inversión, de acuerdo a las especificaciones establecidas en los contratos de obra y acuerdos de obra por administración, siendo responsables de los mismos; XIII. Elaborar e integrar los avances físico-financieros de los programas de inversión, en coordinación con la Dirección de Administración, para su envío mensual a las dependencias normativas y coordinadora del sector; XIV. Elaborar los presupuestos, programas y convenios con organismos públicos y privados en la ejecución y supervisión de obras a través del parque de maquinaria y equipo propiedad de la Junta, en coordinación con la Unidad Jurídica, cuando así se requiera; XV. Analizar y proponer al (a la) Director(a) General la autorización de convenios de aplicación de montos de contratos y de plazos de ejecución de los trabajos; XVI. Analizar y sustentar los dictámenes de adjudicación de contratos de obras y servicios relacionados con las mismas; XVII. Analizar y proponer al Comité de Obras, en coordinación con las unidades administrativas involucradas, la conveniencia de contratar los servicios de asesoría, investigación, consultoría y supervisión que se requieran en los diversos procesos de ejecución de la obra pública; XVIII. Coordinar y supervisar el funcionamiento de las Residencias; XIX. Registrar y mantener actualizada la evaluación del desempeño de contratistas de obras públicas, suministros y servicios relacionados con las mismas que contrate la Junta, en el ámbito de su competencia; y XX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias o le encomiende el (la) Director(a) General. http://www.jcesdocs.com/2021/public/74ad46 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/74ad46 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019
2023 01/01/2023 31/03/2023 Área de Atención a Auditorías Titular de area de Atención a Auditorías Director de Area Dirección de Administración Reglamento Interior Junta de Caminos Del Estado de Sonora Capitulo VI, Art. 19 VII. Controlar el avance de ejercicio de los presupuestos aprobados a las unidades administrativas de la Junta; XI. Elaborar y presentar los estados financieros a la Dirección General de la Junta. XIII. Contabilizar las operaciones financieras y presupuestales de la Junta con apego a la Ley de Contabilidad Gubernamental del Estado de Sonora y demás disposiciones aplicables. XVI. Coordinar, asesorar y apoyar a los titulares de las unidades administrativas de la Junta, en la formulación de los presupuestos por programas de acuerdo con los lineamientos establecidos; http://www.jcesdocs.com/2021/public/54f3b3 0 http://www.jcesdocs.com/2021/public/54f3b3 Dirección de Administración 15/04/2023 12:00:00 a. m. 14/04/2023 Organigrama autorizado, correponde al reglamento interior vigente, publicado en Mayo de 2019