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01/01/2023 |
31/03/2023 |
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10/04/2023 |
Unidad de Planeación, Evaluación y Transparencia |
31/03/2023 |
NO APLICA
Por lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General. “Artículo 24. Los Órganos Internos de Control , son órganos desconcentrados de la Secretaría de la Contraloría General con autonomía técnica y de gestión, que dependiendo jerárquica, administrativa y funcionalmente de ésta son autoridades investigadoras, substanciadoras y resolutoras de las faltas administrativas no graves cometidas por los servidores públicos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal a las que estén asignados, y son responsables, en dichas dependencias y entidades, de las funciones de control interno, desarrollo administrativo, control gubernamental, participación social, vinculación, transparencia y combate a la corrupción, de conformidad con las normas generales y demás instrucciones, políticas y lineamientos que emita el titular de la Secretaría. Estarán ubicados físicamente en las instalaciones de las dependencias y entidades a las que se encuentren asignados, y serán dirigidos por la Coordinación General de Órganos Internos de Control.”
DE ACUERDO A LO ANTERIOR, LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL ES EL SUJETO OBLIGADO DE PUBLICAR LA INFORMACIÓN, Y PUEDE SER CONSULTADA A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE:
http://transparencia.esonora.gob.mx/Sonora/Transparencia/Poder+Ejecutivo/Secretarías/Secretaría+de+la+Contraloria+General/Artículo+83+LTAIPES/II.+Seguimiento+de+las+denuncias+quejas+y+solicitudes/ISSSTESON.htm |
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2023 |
01/04/2023 |
30/06/2023 |
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08/07/2023 |
Unidad de Planeación, Evaluación y Transparencia |
30/06/2023 |
NO APLICA
Por lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General. “Artículo 24. Los Órganos Internos de Control , son órganos desconcentrados de la Secretaría de la Contraloría General con autonomía técnica y de gestión, que dependiendo jerárquica, administrativa y funcionalmente de ésta son autoridades investigadoras, substanciadoras y resolutoras de las faltas administrativas no graves cometidas por los servidores públicos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal a las que estén asignados, y son responsables, en dichas dependencias y entidades, de las funciones de control interno, desarrollo administrativo, control gubernamental, participación social, vinculación, transparencia y combate a la corrupción, de conformidad con las normas generales y demás instrucciones, políticas y lineamientos que emita el titular de la Secretaría. Estarán ubicados físicamente en las instalaciones de las dependencias y entidades a las que se encuentren asignados, y serán dirigidos por la Coordinación General de Órganos Internos de Control.”
DE ACUERDO A LO ANTERIOR, LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL ES EL SUJETO OBLIGADO DE PUBLICAR LA INFORMACIÓN, Y PUEDE SER CONSULTADA A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE:
http://transparencia.esonora.gob.mx/Sonora/Transparencia/Poder+Ejecutivo/Secretarías/Secretaría+de+la+Contraloria+General/Artículo+83+LTAIPES/II.+Seguimiento+de+las+denuncias+quejas+y+solicitudes/ISSSTESON.htm |
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01/07/2023 |
30/09/2023 |
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10/10/2023 |
Unidad de Planeación, Evaluación y Transparencia |
30/09/2023 |
NO APLICA
Por lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General. “Artículo 24. Los Órganos Internos de Control , son órganos desconcentrados de la Secretaría de la Contraloría General con autonomía técnica y de gestión, que dependiendo jerárquica, administrativa y funcionalmente de ésta son autoridades investigadoras, substanciadoras y resolutoras de las faltas administrativas no graves cometidas por los servidores públicos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal a las que estén asignados, y son responsables, en dichas dependencias y entidades, de las funciones de control interno, desarrollo administrativo, control gubernamental, participación social, vinculación, transparencia y combate a la corrupción, de conformidad con las normas generales y demás instrucciones, políticas y lineamientos que emita el titular de la Secretaría. Estarán ubicados físicamente en las instalaciones de las dependencias y entidades a las que se encuentren asignados, y serán dirigidos por la Coordinación General de Órganos Internos de Control.”
DE ACUERDO A LO ANTERIOR, LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL ES EL SUJETO OBLIGADO DE PUBLICAR LA INFORMACIÓN, Y PUEDE SER CONSULTADA A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE:
http://transparencia.esonora.gob.mx/Sonora/Transparencia/Poder+Ejecutivo/Secretarías/Secretaría+de+la+Contraloria+General/Artículo+83+LTAIPES/II.+Seguimiento+de+las+denuncias+quejas+y+solicitudes/ISSSTESON.htm |
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01/10/2023 |
31/12/2023 |
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12/01/2024 |
Unidad de Planeación, Evaluación y Transparencia |
31/12/2023 |
NO APLICA
Por lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General. “Artículo 24. Los Órganos Internos de Control , son órganos desconcentrados de la Secretaría de la Contraloría General con autonomía técnica y de gestión, que dependiendo jerárquica, administrativa y funcionalmente de ésta son autoridades investigadoras, substanciadoras y resolutoras de las faltas administrativas no graves cometidas por los servidores públicos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal a las que estén asignados, y son responsables, en dichas dependencias y entidades, de las funciones de control interno, desarrollo administrativo, control gubernamental, participación social, vinculación, transparencia y combate a la corrupción, de conformidad con las normas generales y demás instrucciones, políticas y lineamientos que emita el titular de la Secretaría. Estarán ubicados físicamente en las instalaciones de las dependencias y entidades a las que se encuentren asignados, y serán dirigidos por la Coordinación General de Órganos Internos de Control.”
DE ACUERDO A LO ANTERIOR, LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL ES EL SUJETO OBLIGADO DE PUBLICAR LA INFORMACIÓN, Y PUEDE SER CONSULTADA A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE:
http://transparencia.esonora.gob.mx/Sonora/Transparencia/Poder+Ejecutivo/Secretarías/Secretaría+de+la+Contraloria+General/Artículo+83+LTAIPES/II.+Seguimiento+de+las+denuncias+quejas+y+solicitudes/ISSSTESON.htm |