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2023
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01/01/2023
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31/12/2023
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04/04/2023
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Unidad de Transparencia
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31/12/2023
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NO APLICA. Por lo dispuesto en el Artículo 2 del Reglamento Interior del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización. “El Instituto es el órgano de fiscalización superior del Estado de Sonora, que se constituye como organismo público autónomo, encargado de la revisión y fiscalización de los estados financieros y cuentas públicas estatal y municipales, de la fiscalización de los ingresos y egresos, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos, deuda pública, así como las participaciones, fondos y en general todas las aportaciones federales y también implementará acciones de prevención en materia de corrupción, en los términos establecidos por la constitución local y la ley secundaria, este Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.” Por lo cual a la Secretaría de Salud Pública, atendiendo exclusivamente a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su propio Reglamento Interior, NO le corresponde informar sobre lo que establece esta fracción y es el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización (ISAF), el encargado de generar y publicar dicha información.
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2023
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01/01/2023
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31/12/2023
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02/07/2023
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Unidad de Transparencia
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31/12/2023
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NO APLICA. Por lo dispuesto en el Artículo 2 del Reglamento Interior del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización. “El Instituto es el órgano de fiscalización superior del Estado de Sonora, que se constituye como organismo público autónomo, encargado de la revisión y fiscalización de los estados financieros y cuentas públicas estatal y municipales, de la fiscalización de los ingresos y egresos, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos, deuda pública, así como las participaciones, fondos y en general todas las aportaciones federales y también implementará acciones de prevención en materia de corrupción, en los términos establecidos por la constitución local y la ley secundaria, este Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.” Por lo cual a la Secretaría de Salud Pública, atendiendo exclusivamente a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su propio Reglamento Interior, NO le corresponde informar sobre lo que establece esta fracción y es el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización (ISAF), el encargado de generar y publicar dicha información.
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2023
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01/01/2023
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31/12/2023
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02/10/2023
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Unidad de Transparencia
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31/12/2023
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NO APLICA. Por lo dispuesto en el Artículo 2 del Reglamento Interior del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización. “El Instituto es el órgano de fiscalización superior del Estado de Sonora, que se constituye como organismo público autónomo, encargado de la revisión y fiscalización de los estados financieros y cuentas públicas estatal y municipales, de la fiscalización de los ingresos y egresos, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos, deuda pública, así como las participaciones, fondos y en general todas las aportaciones federales y también implementará acciones de prevención en materia de corrupción, en los términos establecidos por la constitución local y la ley secundaria, este Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.” Por lo cual a la Secretaría de Salud Pública, atendiendo exclusivamente a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su propio Reglamento Interior, NO le corresponde informar sobre lo que establece esta fracción y es el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización (ISAF), el encargado de generar y publicar dicha información.
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01/01/2023
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04/01/2024
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Unidad de Transparencia
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31/12/2023
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NO APLICA. Por lo dispuesto en el Artículo 2 del Reglamento Interior del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización. “El Instituto es el órgano de fiscalización superior del Estado de Sonora, que se constituye como organismo público autónomo, encargado de la revisión y fiscalización de los estados financieros y cuentas públicas estatal y municipales, de la fiscalización de los ingresos y egresos, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos, deuda pública, así como las participaciones, fondos y en general todas las aportaciones federales y también implementará acciones de prevención en materia de corrupción, en los términos establecidos por la constitución local y la ley secundaria, este Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.” Por lo cual a la Secretaría de Salud Pública, atendiendo exclusivamente a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su propio Reglamento Interior, NO le corresponde informar sobre lo que establece esta fracción y es el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización (ISAF), el encargado de generar y publicar dicha información.
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